Descripción

Es la autorización que la Dirección del Parque Nacional Galápagos confiere a las embarcaciones pesqueras artesanales para que ejerzan la actividad pesquera artesanal en la fase extractiva dentro de la Reserva Marina de Galápagos, considerando los términos previstos en el ordenamiento jurídico.

El Permiso de Pesca en la Reserva Marina de Galápagos (RMG), será otorgado por embarcación, previa inspección técnico-ocular de la misma por parte de la Dirección Nacional de Espacios Acuáticos (DIRNEA), en coordinación con la DPNG.

 ¿A quién está dirigido?

A las embarcaciones y armadores de pesca artesanal que ejercen la actividad pesquera en la fase extractiva dentro de la RMG.

 Documento que se entrega al finalizar el trámite satisfactoriamente

Permiso de Pesca de la Reserva Marina de Galápagos, el cual cuenta con los respectivos mecanismos de seguridad que impiden su adulteración.

 Requisitos para realizar el trámite

  1. Copia autenticada de la licencia PARMA vigente, del propietario de la embarcación. Cuando él o los propietarios de la embarcación, la hubieren adquirido por sucesión por causa de muerte, no estarán obligados a cumplir con este requisito;
  2. En caso de renovación, original del permiso de pesca anterior. Este documento será canjeado por el permiso que le sea entregado al armador una vez que concluya el trámite de renovación;
  3. Copia autenticada de la matrícula vigente de la embarcación, otorgada por la DIRNEA;
  4. Copia de la cédula de ciudadanía;
  5. Carné o certificado de calificación de residente permanente, otorgado por la autoridad competente;
  6. Copia del certificado de votación que acredite haber sufragado durante las últimas elecciones; o el que acredite haber cumplido la sanción correspondiente; o el documento que justifique su abstención; y,
  7. Certificado de no encontrarse en mora en el pago de multas que le hubieren sido impuestas por el Director del Parque Nacional Galápagos, que debe tramitarlo en la Dirección de Asesoría Jurídica de la DPNG.

 ¿Cómo hago el trámite?

  1. El usuario solicita a la Dirección de Asesoría Jurídica de la DPNG, el Certificado de No encontrarse en mora en el pago de multas que le hubieren sido impuestas por el Director del Parque Nacional Galápagos. (Formato ANEXO).
  2. Una vez obtenido el certificado de No encontrarse en mora en el pago de multas que le hubieren sido impuestas por el Director de la DPNG, el pescador debe acercarse al área de Manejo Pesquero para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento Especial para la Actividad Pesquera en la RMG, llenar la solicitud de renovación (formato ANEXO), y recibir tanto la autorización de pago correspondiente como el “formulario de Inspección Técnica Ocular de embarcaciones de pesca artesanal en la Reserva Marina de Galápagos”.
  3. Con la autorización de pago, el usuario cancela en la oficina de recaudación (caja) de la DPNG, el valor correspondiente a la renovación del Permiso de Pesca (10 usd.), e ingresa la solicitud en la ventanilla de archivo los documentos verificados por el Subproceso y la factura entregada en recaudación.
  4. Ingresada la solicitud el usuario coordina con un Técnico en Manejo de Recursos Pesqueros ubicado en los muelles autorizados de desembarque, la realización de la “Inspección Técnica Ocular de embarcaciones de pesca artesanal en la Reserva Marina de Galápagos”, derivándose de ésta, un formulario que es entregado por el Técnico al Responsable del área de Manejo Pesquero con las firmas de responsabilidad correspondientes.
  5. Una vez ingresada la solicitud en la ventanilla de documentación y archivo de la DPNG, ésta es enviada al Director de Ecosistemas, quien remite al Responsable de la unidad de Conservación y Uso de los Ecosistemas Marinos, quien reasigna al Responsable del área de Manejo Pesquero, y éste designa a un Técnico en Manejo de Recursos Pesqueros para el análisis correspondiente.
  6. Una vez que el Técnico verifica que la solicitud y la inspección técnica ocular cumple con lo dispuesto el Reglamento Especial para la Actividad Pesquera de Galápagos, renueva el Permiso de Pesca en el Sistema de Información Ambiental (SIA), y elabora oficio de respuesta para la entrega del documento solicitado.

En el caso de concluir que el usuario no cumple con los requisitos establecidos, el técnico elabora borrador de respuesta negativa.

  1. Si los requisitos están completos, se procede a la entrega de los siguientes documentos: Permiso de pesca, oficio de respuesta a solicitud del usuario (para firma de entrega-recepción). Para ello, previamente se procede a retirar el Permiso de Pesca que perdió vigencia.

 ¿Cuál es el costo del trámite?

El costo del trámite es de 10 usd. por el Permiso de Pesca.

El costo del Certificado de No encontrarse en mora por multas emitidas por el Director del Parque Nacional Galápagos, es de 6 usd., debiendo el usuario gestionarlo directamente en la Dirección de Asesoría Jurídica de la DPNG.

 ¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el tramite?

2 (dos) años contados a partir de la fecha de su otorgamiento, pudiendo ser renovada de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Especial para la Actividad Pesquera de Galápagos.

 Contacto para atención ciudadana

Contacto: Unidad de Conservación y Uso de Ecosistemas Marinos – área de Manejo Pesquero.

Correo: [email protected]

Teléfono: +593 (053) 706260; extensión 1330, 1331, 1332.

Reglamento Especial para la Actividad Pesquera de Galápagos, publicado en Registro Oficial Nro. 483 de 08 de diciembre de 2008.

Acuerdo Ministerial Nro. 106 de 9 de julio de 2008, publicado en Registro Oficial Nro. 349 de 16 de octubre de 2012.